Derecho al teletrabajo por conciliación

Derecho al teletrabajo por conciliación

 

El derecho al teletrabajo por conciliación ha sido reafirmado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que reconoció la solicitud de una trabajadora para continuar desempeñando sus funciones en remoto y atender a su madre enferma.

Indemnización por falta de alternativas

El fallo establece que la empleada, teleoperadora desde 2019, tiene derecho a mantener su modalidad de trabajo y a recibir una indemnización de 3.750 euros. La negativa empresarial, sin plantear opciones híbridas o de adaptación, se consideró injustificada.

Un precedente para la conciliación laboral

La Sala subraya que el teletrabajo no exige realizarse en el domicilio del empleado, sino en el lugar que este elija. Además, la empresa tenía la obligación de proponer alternativas razonables antes de rechazar la petición.

Relevancia

Este caso refuerza la importancia del derecho al teletrabajo como herramienta para garantizar el equilibrio entre vida personal y profesional.

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